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    AIReF

    “Nuestra misión es garantizar el cumplimiento efectivo del principio de sostenibilidad financiera por las Administraciones Públicas“

    Nota Informativa sobre los Planes Económicos-Financieros 2019-2020 de las CCAA

    Un informe de la AIReF
    Uno de los informes de la AIReF.

    Las Comunidades Autónomas (CCAA) de Andalucía, Illes Balears, Región de Murcia y Comunitat Valenciana tienen que presentar un plan económico-financiero (PEF) de acuerdo con el Informe del Ministerio de Hacienda (MINHAC) sobre el grado de cumplimiento de los objetivos y de la regla de gasto de 2018 publicado el pasado15 de mayo.

    De acuerdo con los plazos legalmente establecidos, antes del 15 de junio estas comunidades deberían haber elaborado un PEF 2019-2020 para someterlo a evaluación de la AIReF con carácter previo a su remisión al Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF). Sin embargo, la celebración de elecciones autonómicas ha demorado la elaboración de los PEF en la medida en que estos han de recoger compromisos presupuestarios soportados por decisiones adoptadas por los nuevos gobiernos.

    Tanto las comunidades de Región de Murcia y Generalitat Valenciana, que han remitido una versión preliminar de sus planes, como Andalucía e Illes Balears, que no lo han hecho, han comunicado a la AIReF la necesidad de contar con un plazo mayor al establecido en la ley.

    A este respecto, resulta oportuno recordar que la finalidad de la presentación de un plan económico-financiero es diseñar, definir y detallar el plan de actuación que va a llevar a cabo una administración para lograr el cumplimiento de las reglas fiscales, de manera que ésta se compromete a ejecutar las actuaciones y medidas contenidas en él.

    Dada su importancia, no es de extrañar que la LOEPSF someta esta planificación a un doble control previo a su aprobación. En primer lugar, se tiene que solicitar informe a la AIReF quien evaluará el PEF en los términos recogidos tanto en la Ley orgánica de creación de esta institución, como en la propia LOEPSF. Posteriormente, una vez corregido el documento inicial con las recomendaciones formuladas por la AIReF de acuerdo con el principio de “cumplir o explicar”, el Consejo de Política Fiscal y Financiera tiene que comprobar la idoneidad de las medidas contempladas en el plan y la adecuación de sus previsiones a los objetivos fijados.

    Teniendo en cuenta la trascendencia que tiene un PEF, la AIReF considera razonable esperar a que los nuevos equipos puedan hacer una valoración de la situación fiscal de su comunidad y, en consecuencia, puedan adoptar compromisos cuyo incumplimiento, recordemos, lleva aparejado la aplicación de un sistema progresivo de sanciones de acuerdo con la LOEPSF.

    La ley no establece de forma expresa un plazo para la remisión de los planes económico-financieros a la AIReF, si bien en el artículo 23 se señala que estos tienen que ser enviados al Consejo de Política Fiscal y Financiera, previo informe de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, en el plazo máximo de un mes desde que se constate el incumplimiento y que en este cómputo no se tendrá en cuenta el tiempo transcurrido entre la solicitud y la emisión del citado informe.

    También este artículo establece que los planes deberán ser aprobados en el plazo máximo de dos meses desde su presentación y que su puesta en marcha no podrá exceder de tres meses desde la constatación del incumplimiento.

    De acuerdo con este procedimiento, los plazos para que las CC.AA. presenten los PEF 2019-2020 son:

    El calendario descrito permite constatar la voluntad del legislador de que, por un lado, todo el procedimiento termine en el plazo máximo de tres meses, que es cuando se han de poner en marcha los PEF y, por otro, que sea la AIReF la que se pronuncie en primer lugar sobre el documento elaborado por la comunidad antes de que este pueda someterse a la aprobación del CPFF.

    Las CCAA de Illes Balears, Región de Murcia y Andalucía han comunicado a la AIReF que han solicitado al MINHAC una prórroga para la presentación de los PEF alegando, en el caso de las dos primeras, retrasos en la formación de los nuevos gobiernos y en el caso de la última, la tramitación en el parlamento regional de los presupuestos para 2019. Con la información facilitada por estas comunidades, la AIReF ha tenido conocimiento de que el MINHAC ha concedido una prórroga para la presentación de los planes hasta el 4 de julio.

    Sin perjuicio de las consideraciones legales que probablemente habrán dado lugar a este nuevo plazo, tras las conversaciones mantenidas con las comunidades autónomas que solicitaron la prórroga, así como con la Comunitat Valenciana, no parece que para esa fecha hayan cambiado sustancialmente las condiciones que propiciaron la solicitud y concesión de la prórroga, excepto en el caso de Andalucía que ha manifestado su disponibilidad para remitir el PEF el 3 de julio.

    La AIReF considera que en las comunidades de Illes Balears, Región de Murcia y Generalitat Valenciana no se dan las circunstancias necesarias para el pronunciamiento sobre unos PEF que, de presentarse el 4 de julio, estarían principalmente orientados al cumplimiento formal de plazos.

    Por tanto, la AIReF, tomando como referencia el arranque de los gobiernos efectivos, fijará con cada comunidad un calendario concreto de remisión del PEF que permita, de acuerdo con cada situación, la evaluación de unos documentos cuyas previsiones fiscales y compromisos presupuestarios sean la concreción del plan de actuación decidido por dichos gobiernos.