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    AIReF

    “Nuestra misión es garantizar el cumplimiento efectivo del principio de sostenibilidad financiera por las Administraciones Públicas“

    La AIReF publicará su primera Opinión sobre el Ingreso Mínimo Vital en el primer trimestre de 2022

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    La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) publicará su primera Opinión sobre el Ingreso Mínimo Vital (IMV) en el primer trimestre de 2022, conforme al Plan de Trabajo aprobado por la Institución y que hoy se ha difundido a través de su página web.

    La publicación de esta Opinión responde a lo establecido en el artículo 28.3 del Real Decreto-Ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se regula el Ingreso Mínimo Vital (IMV), que determina que “el resultado del Ingreso Mínimo Vital y de las distintas estrategias y políticas de inclusión será evaluado anualmente por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, mediante la emisión de la correspondiente opinión”. Se trata de una publicación nueva de carácter obligatorio y frecuencia anual que se suma a las establecidas en la ley de creación de la AIReF.

    Para dar cumplimiento a este nuevo mandato, la AIReF ha elaborado un programa de trabajo plurianual que aborda las distintas dimensiones que requiere una evaluación rigurosa del IMV. Se han identificado nueve módulos de análisis que, siempre que la disponibilidad de información lo permita, se desarrollaran en un período de cinco años con la distribución indicada en el diagrama adjunto.

    Las sucesivas opiniones anuales serán publicadas durante el primer trimestre de cada ejercicio, una vez se haya podido incorporar y analizar toda la información de cada periodo anual completo. A medida que vaya publicando nuevas Opiniones, la AIReF actualizará los resultados de los módulos anteriores.

    INGRESO-MINIMO-VITAL

    De acuerdo con este plan plurianual, la primera Opinión, que la AIReF publicará en el primer trimestre de 2022, comprenderá el desarrollo de los tres primeros módulos: el primero dedicado al ‘Diseño potencial’ abordará la capacidad del IMV, cuando esté plenamente implementado, de reducir la pobreza o su intensidad (principal objetivo de esta prestación), la desigualdad, su coste, eficiencia, así como la complementariedad y solapamiento con las rentas mínimas de las CC.AA. En un segundo módulo de ‘Resultados’ se analizarán los efectos del IMV desplegado hasta el momento. Por último, se tratarán aspectos relativos a la ‘Gestión e Implementación’ analizando los procedimientos, capacidades, situación de los expedientes y motivos de los rechazos y se abordará el estudio de los potenciales beneficiarios a los que aún no les ha llegado la prestación, fenómeno conocido como non take-up. Esta primera opinión se realizará con los datos disponibles desde el inicio de la operativa de esta prestación, mayo 2020, hasta diciembre 2021.

    En 2022 la AIReF trabajará en el módulo 4, ‘Personas con carencias materiales severas y familias monoparentales’, y en el módulo 5, ‘Infancia y juventud’, cuyos resultados se publicarán en el primer trimestre de 2023, con la actualización de los módulos incorporados en la primera Opinión.

    En 2023 y 2024 la Institución trabajará en los módulos 6 y 7, respectivamente, sobre ‘Cobertura y alcance ante situaciones de pobreza transitoria’ y ‘La capacidad inclusiva del IMV y sus efectos sobre el mercado de trabajo’. Esta primera programación del plan de trabajo que se desplegará entre 2021-2025 finalizará, con el módulo 8 sobre, ‘Complementariedad y solapamientos con otras prestaciones no contributivas’, y el módulo 9, ‘Comparativa internacional (eficacia y eficiencia) así como con la presentación de la programación para los siguiente cinco años.