- Tras analizar los ingresos y gastos que realizan los autónomos para esta contingencia, la AIReF no detecta riesgos sobre la sostenibilidad financiera de la prestación a medio plazo
- El tipo de cotización resultante de aplicar la fórmula establecida por la Ley es muy inferior al establecido como tope mínimo (2,2%)
- La AIReF recomienda la publicación por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social en los Presupuestos Generales del Estado de la información que permita realizar los cálculos de la fórmula para estimar el tipo de equilibrio de la prestación por cese de actividad
- En el medio plazo, la AIReF también recomienda ampliar el periodo considerado de ingresos y gastos que se aplica en la fórmula
La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ha publicado hoy su Opinión sobre la aplicación de la fórmula para calcular el tipo de cotización de la prestación por cese de actividad de los autónomos en la que concluye que procede aplicar el tipo mínimo marcado por la ley, dado que el resultado de aplicar la fórmula ofrece un tipo muy inferior a ese mínimo. Documentación adjunta: